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Resolucion Municipal
GOBIERNO MUNICIPAL AUTÓNOMO DE
SANTA CRUZ DE LA SIERRA


RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 024/2009
Santa Cruz, 28 de enero de 2009

ING. PERCY FERNÁNDEZ AÑEZ
ALCALDE DEL GOBIERNO MUNICIPAL AUTÓNOMO
DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA


El parágrafo II, del artículo 200, de la Constitución, Política del Estado, concordante con el parágrafo I, del artículo 4, de la Ley de Municipalidades Nº 2028, que establece que la autonomía municipal consiste en la potestad normativa, ejecutiva, administrativa y técnica en el ámbito de su jurisdicción y competencia territorial.


Que, el Alcalde Municipal de acuerdo a lo establecido en el artículo 44, numerales 4 y 5 de la Ley de Municipalidades Nº 2028, está facultado para dictar resoluciones.
Que, el artículo 4 de la Ley de Municipalidades Nº 2028, otorga a los Gobiernos Municipales, en el parágrafo II.2, la facultad de generar, recaudar e invertir recursos, y en el parágrafo I1.3, la potestad de dictar ordenanzas y resoluciones determinando así políticas y estrategias municipales.
Que, la Ley Nº 2492, Código Tributario Boliviano, en el artículo 21 dispone que el sujeto activo de la relación jurídica tributaria es el Estado, cuyas facultades de recaudación, control, verificación, inspección previa, fiscalización, liquidación, determinación ejecución y otras establecidas en el Código, son ejercidas por la Administración Tributaria Nacional, Departamental y Municipal.
Que, el artículo 3, parágrafo II, del Decreto Supremo Nº 27310, que Reglamenta el Código Tributario Boliviano Ley Nº 2492, establece que en el ámbito municipal, las facultades a que se refiere el artículo 21 de la Ley Nº 2492, serán ejercitadas por la Dirección de Recaudaciones o por el órgano facultado para cumplir estas funciones, mediante Resolución Técnica Administrativa emitida por la máxima autoridad ejecutiva municipal.
Que, la Patente de Funcionamiento es un tributo cuyo hecho generador es la autorización o permiso anual o eventual que se concede para el funcionamiento del comercio, la industria y los servicios en general, transporte, culturales, educación, expansión, juegos de azar, bingos, loterías, ejercicio de actividades independientes y libres realizadas por personas naturales, tales como profesionales y técnicos independientes, Notarios de Fe pública, Oficiales de Registro Civil, libre cambistas y otros.
Que, mediante Resolución del H. Senado Nacional Nº 050/96-97, se aprobó la Ordenanza Municipal de Patentes y Tasas Nº 040/96, la misma que prevé la actualización de sus aranceles hasta un máximo de 5,11%, para su vigencia en la gestión 1996.
Que, la Ley de Municipalidades Nº 2028, en su artículo 105, parágrafo III, establece la vigencia de la última Ordenanza Municipal de Patentes y Tasas, aprobada por el H. Senado Nacional, mientras no se tramite una nueva Ordenanza Municipal de Tasas y Patentes.
Que, la Ordenanza Municipal de Tasas y Patentes Nº 040/96, aprobada por Resolución del H. Senado Nacional Nº 050/96-97, en su artículo 17, dispone que los contribuyentes que realicen el pago de la patente anual, antes del vencimiento de los plazos establecidos, se beneficiarán con el descuento de hasta el 10% del total de la Patente.


EL Alcalde Municipal de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en uso de sus específicas funciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Municipalidades Nº 2028 y demás normas vigentes,

ARTICULO 1°.- Autorizar a la Dirección de Recaudaciones del Gobierno Municipal de
Santa Cruz de la Sierra, proceder a la Liquidación y Cobro de Tasas y Patentes
Municipales, correspondiente a la gestión 2008, a partir del lunes 9 de febrero del año
2009, a través de las entidades bancarias y financieras que se hallan en Red con el
Sistema Informático Municipal.

ARTICULO 2°.- Se aprueba el siguiente calendario de vencimientos para el cobro de Patentes de Funcionamiento correspondiente a la gestión 2008:

• Del 09/02/2009 al 28/05/2009: Patente Anual con el 10% de descuento.
• Del 29/05/2009 al 30/07/2009: Patente Anual con el 8% de descuento.
• Del 31/07/2009 al 29/10/2009: Patente Anual con el 5% de descuento.
• Del 30/10/2009 al 30/12/2009: Patente Anual Fija.

ARTICULO 3°.- Quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución, la Oficialía Mayor de Administración y Finanzas a través de la Dirección de Recaudaciones de la Municipalidad.

 

Registrese, hágase saber y cúmplase.


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