El es registro de aquellos trámites que fueron iniciados en el anterior sistema que no concluyeron, quedando en estado pendiente, y mediante la asignación de placas se emite el número nuevo de su placas con la habilitación de IPVA (Impuesto a la Propiedad Vehículos Automotores).
El Padrón Municipal del Contribuyente en el registro que realiza el Gobierno Municipal para identificar al contribuyente, de modo que con este registro el mismo pueda realizar distintas transacciones o trámites en; vehículos, inmuebles o patentes.
Reemplaque con Tranferencia:
Este trámite es para aquellos vehículos que tienen placas antiguas (ej. SCT370), los cuales deben obtener sus nuevas placas a través del trámite de reemplaque, pero al mismo tiempo este vehiculo sin realizar este tramite es transferido, por lo que el nuevo propietario debe iniciar el tramite como REEMPLAQUE más TRANSFERENCIA, cumpliendo requisitos y condiciones establecidos.
Se realiza a todos los vehículos que no
se encuentran registrados ni en sistema antiguo ni en el sistema RUAT.
Se realiza este tramite para la obtención certificado de propiedad,
placa PTA y plaquetas.
Aquellos vehículos que han sido nacionalizados
según la ley 2492 deben cancelar sus impuestos a la propiedad de
vehículos desde la gestión 2002 adelante. (Art. 49 Ley 2492).
El impuesto a la propiedad no se cancela en alícuotas,
el cobro del IPVA es desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.
Es el registro de la minuta de compra-venta de un vehículo en el que cambia de dominio de propiedad, al cual se genera IT o IMT.
Existen dos tipos de impuestos a la transferecia:
Impuesto a la transferencia ( IT ):
- Cuando se trata de su primera venta del vehículo donde el propietario, importador, fabricante, o ensamblador
o a través de terceros cuya operación es parte del Giro de Negocios, debe ser cancelada en el Servicio Nacional
de Impuestos SIN, cuyo pago indirectamente se la realiza por medio de la Factura.
- Pagan (IT) las Declaratoria de Herederos, Anticipo de legitima, Donación, Cesión de derecho por divorcio.
Impuesto a la transferencia municipal
( IMT ):
Toda compra/venta del vehículo que no contemple el IT.
Transferencia por Divorcios: Se
realiza cuando un juez determina la posesión del vehículo
a quien corresponda como consecuencia de un juicio por divorcio.
Transferencia por Declaratoria de Herederos:
Se realiza cuando se adquiere la propiedad del vehículo
a través de la declaratoria universal de herederos forzosos.
Transferencia de Vehiculo Diplomatico a
Persona Natural: Se realiza cuando se adquiere la propiedad del
vehículo a través de la minuta compra-venta donde esta registrado
en el sistema RUAT como diplomático.
Se realiza cuando se desea una segunda copia original
de la placa, ya sea porque este haya sido robado, extraviado o deteriorado.
Ej. Si su placa era 1428RFC su placa duplicada sería 14281RFC.
Se realiza cuando se desea que el vehículo
no siga tributando en sus impuestos. Existen 3 tipos de bajas: Siniestro
o Robo, obsolescencia (cuando el vehículo es obsoleto) y por exportación.
Baja por Robo o Siniestro:
Generalmente este tipo de trámites(solicitudes), son por que el vehículo ha sufrido un hecho fortuito de robo. En el caso de siniestro es cuando el vehículo sufre un accidente o incendio en el que queda inutilizable, donde el contribuyente debe solicitar la baja ante la Administración Tributaria, para dejar de tributar los impuestos, cumpliendo requisitos y condiciones.
Baja por Exportacion:
Generalmente este tipo de trámites(solicitudes), son vehículos que son exportados a otro país, en los cuales el contribuyente debe solicitar la baja ante la Administración Tributaria, para dejar de tributar los impuestos devolviendo el certificado de propiedad, la placa y plaqueta junto a la tercera placa si tuviera al Gobierno Municipal, cumpliendo requisitos y condiciones.
Baja por Obsolescencia
Generalmente este tipo de trámites(solicitudes), son para vehículos que han culminado su vida útil, donde el contribuyente debe solicitar la baja ante la Administración Tributaria, para dejar de tributar los impuestos devolviendo al Gobierno Municipal el certificado de propiedad, la placa y plaqueta junto a la tercera placa si tuviera, cumpliendo requisitos y condiciones.
Es un autoadhesivo que contiene informacion relacionada
al vehiculo que debera ser pegado en la parte inferior izquierda del parabrisas
y en las motos en un lugar visible.